Ascoldpem

Asociación colombiana de derecho penal empresarial

LA INEFICAZ RESPUESTA PENAL AL PROBLEMA DE LAS CÁRCELES EN LOS TIEMPOS DEL COVID-19 EN COLOMBIA. La necesidad de un Derecho Penal Pragmático.

HOOVER WADITH RUIZ RENGIFO

LA INEFICAZ RESPUESTA PENAL AL PROBLEMA DE LAS CÁRCELES EN LOS TIEMPOS DEL COVID-19 EN COLOMBIA. La necesidad de un Derecho Penal Pragmático.

                                                                                                                                        Hoover Wadith Ruiz Rengifo[1]

La situación caótica de las cárceles es una constante, antes y después del COVID-19. Esta crisis no se responde con normas tradicionales o “normales” que son insuficientes para resolver este problema. Las normas vigentes antes del COVID-19 en materia carcelaria, fueron creadas en y para condiciones normales. Hace varios años el Derecho penal es un solucionador de problemas, y así reforzado, amplio, nuevo, pragmático puede enfrentar los desafíos del Covid-19. Virus que hasta ahora nadie tiene la respuesta de su procedencia y efectos, distinto a que es mortal. Hay intentos desesperados por encontrar una vacuna, pero aún sin éxito alguno. El marco jurídico colombiano debe ser ampliado, reforzado para integrar los desafíos del confinamiento y des confinamiento. El Decreto 546 del 14 de abril de 2020 es dogmático, inquisitorial y tradicional. Es una respuesta jurídico penal tradicional que no va a funcionar. Se requiere de normas pragmáticas que atiendan lo esencial de estos tiempos del COVID.-19: salvar vidas, incluso la de los trabajadores esenciales, mientras un gran número de ciudadanos aplicamos la política de cuarentena y aislamiento social que en realidad es físico.

Debemos dedicar todos nuestros esfuerzos y recursos para protegernos en pro de la solución del problema: equipos de detección (pruebas), protección y curación. Después que venga lo que venga. Con razón, en materia económica señala el Premio Nobel de Economía 2018 Paul Romer[2], Profesor de la Universidad de New York que “las respuestas económicas convencionales para una recesión no van a funcionar hasta que las personas puedan volver a trabajar con seguridad”. La apuesta es aprender a vivir con este nuevo coronavirus. De ahí pues la era digital nos muestra el camino de la necesidad de un derecho penal que pueda responder con eficacia los desafíos del COVID-19. Un derecho penal definitivamente vivo y viviente.

Las tesis por el COVID-19 de mayor de desigualdad, dictadura digital, hipercapitalismo, nuevo orden mundial, distopía (Orwell y Huxley), fin de la globalización, cambios de nivel de comercio, fin del mundo, comunismo re inventado, desglobalización, etc, son secundarias. El problema de este virus no se resuelve con filosofía, moral, o Dogmática. Es con inteligencia. Se resuelve con planteamientos pragmáticos. Es incomprensible que aún existan defensores de la Dogmática, cuando se conoce su decadencia e ineficacia en la solución de los problemas. Los dogmas están desgastados, dijo Obama, en su discurso de posesión del primero de sus mandatos como Presidente de los Estados Unidos de Norteamérica. La sorpresa que ha dado al mundo el COVID-19, aceleró lo que hemos denominado como Derecho Penal Pragmático, basado en 4 E: Evitar (preventivo). Ético. Eficaz. Eficiente. 

La era digital, sin retorno, sin alternativa, obliga a contar con un sistema más abierto, pragmático, y eficaz para resolver los problemas del mundo nuevo. 

 

[1]Abogado Experto en Derecho Penal Empresarial. CEO Asociación Colombiana de Derecho Penal Empresarial, ASCOLDPEM. www.ascolpem.com